En una tensa audiencia judicial, los representantes del gobierno apelaron a todo tipo de recursos para impedir la expresión de los cuestionamientos jurídicos y científicos al proyecto Neptuno.
Víctor L. Bacchetta, en Sudestada 23/6/2024.
Casi diez horas insumió la audiencia del viernes pasado en el Juzgado Civil de 10° Turno, a cargo del juez Alejandro Recarey, sobre la medida cautelar de “no innovar”, es decir de suspender las acciones de la OSE en la ejecución del proyecto Neptuno, solicitada por la la Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida (CNDAV) y el colectivo Tucu-Tucu, patrocinados por el abogado Juan Ceretta en nombre del Consultorio Jurídico de la Universidad de la República.
La OSE adjudicó el proyecto de extracción de agua del Río de la Plata para proveer agua potable a Montevideo y la región metropolitana al consorcio privado Aguas de la Costa. De esta manera se viola el Artículo 47 de la Constitución, por el cual el abastecimiento de agua potable debe ser prestado “exclusiva y directamente” por el Estado, y la ley N°17.598 de creación de la URSEA por la cual la potabilización del agua incluye “la captación y tratamiento de agua cruda”.
Además de las objeciones jurídicas, Neptuno es cuestionado ambiental y socialmente por elegir la captación de agua del Río de la Plata en la costa de Arazatí, en el departamento de San José. El proyecto incluye una reserva de agua bruta de 240 hectáreas y un depósito de lodos tóxicos de 42 hectáreas sobre tierras fértiles, comprometiendo la integridad de los suelos, las napas freáticas y el acuífero Raigón, así como las actividades sociales y productivas de toda la región.
Por otra parte, desde la academia, los investigadores con mayor experiencia sobre la red hídrica del país, pertenecientes a la Facultad de Ciencias y al Centro Universitario Regional Este de la Udelar cuestionaron la conveniencia del proyecto Neptuno tanto desde el ángulo ambiental como de soberanía nacional y plantearon que la gestión del agua es una emergencia de tal magnitud que requiere un análisis global de un equipo amplio de investigadores y técnicos.
Más allá de los aspectos señalados, el proyecto Neptuno ha tenido un componente político notorio desde su anuncio por el presidente de la República Luis Lacalle Pou, en marzo de 2021, como la mayor inversión de los últimos 150 años en esa área. Esto ha determinado que prevalezcan las mayorías partidarias por encima de normas legales y unas presiones ostensibles desde el Poder Ejecutivo y los empresarios interesados en apurar procedimientos y autorizaciones.
Ya en diciembre de 2022, la Federación de Funcionarios de OSE interpuso un recurso contra la resolución del Directorio de OSE 1144/22 que aprobó el proyecto Neptuno y convocó la licitación internacional para adjudicar las obras, que considera ilegítima y nula por perjudicar y lesionar derechos fundamentales de la población. Este recurso lo tramita el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) y se encuentra aún en etapa de diligenciamiento de pruebas.
La medida que suspendería la ejecución del proyecto hasta que se den las garantías necesarias fue presentada en agosto de 2023. La demora en el tratamiento se debió a que el primer juzgado deslindó su atribución para tratar la demanda y un tribunal tuvo que analizar si correspondía a la Justicia Civil o al TCA. Al decidirse por la primera opción, la actuación recayó el 17 de junio en el turno del juez Recarey, que convocó a la audiencia con las partes cuatro días después.
El día previo, OSE planteó la suspensión de la audiencia a la que el juez no hizo lugar. Fue la primera vez que estaban frente a frente en un marco judicial todas las partes, desde el Poder Ejecutivo, los ministerios de Ambiente y de Salud Pública y la OSE, que incluyó como testigos a representantes del consorcio privado, hasta las organizaciones de la sociedad civil, la CNDAV y el grupo Tucu-Tucu, que presentaron como testigos a los investigadores universitarios.
Obstáculos y falsedades
La audiencia atravesó momentos de alta tensión, comenzando por la recusación al juez Recarey, por el representante del Ministerio de Salud Pública (MSP) y la recusación de la propia audiencia judicial, por los abogados del MSP y el Ministerio de Ambiente (MA), pasando por la pretensión del consorcio de intervenir como parte, hasta la recusación como testigo del doctor Marcel Achkar, director del Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales de la Facultad de Ciencias.
Para justificar el pedido de apartamiento del juez, el abogado del MSP recurrió a fragmentos del expediente personal de Recarey en el Poder Judicial alegando su falta de imparcialidad e incluso animosidad contra ese ministerio. Hecho este planteo, el juez podía suspender la audiencia en el acto o proseguirla y definir su posición ante la recusación antes de dictar sentencia. Recarey decidió continuar y que se escucharan todos los testigos presentados por las partes.
La recusación a la propia audiencia planteada por el MSP y el MA alegó que el caso debía tratarse en el Contencioso Administrativo y no en la Justicia Civil. La falta de sustento de este planteo era ostensible ya que sobre ese tema había fallado precisamente el tribunal constituido al presentarse el pedido de la medida cautelar. Por último, la recusación de Achkar tenía como antecedente una recusación similar del Ministerio de Ambiente en el recurso planteado por FFOSE.
En el trámite del recurso de nulidad sobre la decisión de la OSE, el TCA convocó a una audiencia para escuchar a los científicos Marcel Achkar y Luis Aubriot. Sin embargo, en una situación sin precedentes, el ministerio se opuso a la convocatoria alegando una falta de imparcialidad de los testigos y el TCA suspendió la audiencia. El juez Recarey en cambio dijo que hablarían todos los testigos y Achkar expresó que sus opiniones se basan en los trabajos científicos.
Sorteados los obstáculos que intentaron impedir u obstaculizar la audiencia, testimoniaron ocho académicos presentados por Ceretta y cuatro citados por Recarey del Departamento de Ciencias de la Atmósfera y Física de los Océanos. OSE incluyó como testigos, además del gerente general del organismo Arturo Castagnino, a los ingenieros Ismael Piedracueva, que realizó estudios para Aguas de la Costa, y Francisco Gross, como responsable técnico del proyecto Neptuno.
Según Castagnino, Neptuno dará agua buena a la población de San José que hoy la toma con arsénico y falseó los costos diciendo que resolver las pérdidas en Montevideo es mucho más caro. Gross integró la empresa que tuvo el servicio de agua en Maldonado con las tarifas más altas de la historia y el plebiscito de 2004 obligó a devolver al Estado. El firmante por la OSE de esa concesión fue el mismo Arturo Castagnino. Son viejos socios volviendo por sus fueros.
Los testigos Marcelo Cousillas, Rosario Lucas y Eugenio Lorenzo, explicaron meticulosamente las normas y condiciones de la evaluación ambiental, reiterando que sin la Autorización Ambiental Previa (AAP) no se puede iniciar ninguna actividad del proyecto. Luis Anastasía, que se presentó como experto en el Río de la Plata, contradijo lo expresado por el investigador Marcelo Barreiro para asegurar que las aguas de la costa argentina no llegan nunca al lado uruguayo.
Escuchados todos los testigos, la audiencia pasó a cuarto intermedio hasta el lunes 24 de junio a las 13 horas, en donde se tendrá la resolución del juez Recarey.
Obstáculos para acceder a la audiencia
Al llegar al lugar se encontró un vallado que impedía el paso al espacio existente entre el edificio de la SCJ y el edificio de los tribunales controlado por la Policía. A las personas que pretendían pasar, los agentes policiales les requerían un papel o cedulón de citación para permitirles entrar. En algunos casos, al decir que era una audiencia pública, se les permitió entrar, pero luego se presentó un oficial reiterando que aquellos que no tuvieran citación debían retirarse.
Se le reiteró al policía que no existía papel de citación porque la audiencia era pública, pero el agente repetía que cumplía órdenes, sin revelar de dónde provenía esa orden. El oficial quiso aplicar el mismo procedimiento al abogado patrocinante y los testigos que lo acompañaban. Ceretta le explicó al policía quienes eran y que no tenían ningún papel. Estas personas luego entraron al edificio, pero el procedimiento policial continuó en los mismos términos.
A varias personas no se les permitió atravesar el vallado. Incluso algunos que estaban citados como testigos, solo pudieron entrar al edificio por la puerta lateral de la calle San José. A una integrante de la CNDAV no se le permitió entrar al edificio y como tampoco podía permanecer demasiado a la intemperie, por razones de salud, optó por retirarse al no poder esperar a que viniera alguien desde el juzgado que justificara su ingreso frente a los policías.
Entrevista al doctor Ceretta: “Todo quedó grabado”
Sudestada – ¿Cuál es su balance de la audiencia del viernes?
Ceretta – Hacemos un balance muy positivo, se logró acceder a la información de nuestros científicos, ajenos a los intereses comerciales de las empresas, y tanto OSE como MA para defender el proyecto tuvieron que ventilar datos y exponer elementos que hasta ahora no hacían, y en otros casos mentir descaradamente, pero todo quedó grabado.
Sudestada – ¿El juez debe abstenerse de dictar un fallo o tiene sustento legal para hacerlo?
Ceretta – Al amparo del Artículo 315.1 del Código del Proceso, y al tratarse de una medida cautelar, el juez puede resolver todo y los cuestionamientos, incluida su recusación, se resolverán en la apelación.
Sudestada – Si el juez no dicta sentencia, ¿cuáles son y que implican los pasos siguientes?
Ceretta – El lunes va a tener que existir alguna resolución, la parte que no quede conforme anunciará la apelación y la interpondrá por escrito en los seis días siguientes.
Sudestada – Si OSE firma el contrato del proyecto Neptuno con el consorcio Aguas de la Costa, ¿qué consecuencias tendría este hecho sobre la demanda presentada?
Ceretta – Si el juez accede a la medida cautelar, OSE no puede firmar el contrato, y si el juez deniega la medida, con todo lo que el Ministerio de Ambiente dijo que se encuentra pendiente de evaluación, sería un escándalo que firmara el contrato, más aún sin haber realizado la Puesta de Manifiesto y la Audiencia Pública.
A pesar de lo dicho por Ceretta, la última versión del contrato elaborado por la OSE da por sentado que lo firmarán sin la Autorización Ambiental Previa del proyecto. El inciso 7.3 PLAZO PARA LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL PREVIA expresa:
«El Contratista tendrá un plazo de 90 Días contados desde la firma del Contrato para obtener la Autorización Ambiental Previa (AAP).
El incumplimiento de esta obligación hará incurrir al Contratista en la sanción establecida en la Cláusula 13 de este Contrato.
Vencido dicho plazo sin que se obtuviera la AAP por causas imputables al Contratista, el Contratante podrá igualmente suscribir las Actas de Tenencia o notificar las servidumbres de cualquiera de los Terrenos.»
En una entrevista publicada hoy en el diario El País, el ingeniero Gross afirma que tendrán la autorización ambiental a fines de agosto para iniciar las obras que culminarán en 2027 (sic). Una nueva presión política y empresarial sobre los técnicos del ministerio.
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