Sin permiso ambiental firme inician tala de terrenos para el proyecto Neptuno

El predio talado.

La preparación del predio para la cuestionada planta potabilizadora privada significa una violación a la ley, aseguró el abogado y docente de la Universidad de la República, Juan Ceretta.

Pablo Alfano, en Sudestada 11/9/2024

“El seguimiento de las imágenes satelitales da cuenta que se ha comenzado el talado y preparación de terrenos para la planta potabilizadora de Neptuno-Arazatí en flagrante violación a la normativa vigente que prohíbe cualquier actividad preparatoria hasta tanto quede firme la autorización ambiental”, denunció el abogado y docente del Consultorio Jurídico y de la Clínica de Litigio Estratégico de la Udelar, Juan Ceretta.

“Parece que nada, ni nadie los detiene”, sentenció en su cuenta de X el abogado y muestra una de las imágenes satelitales. Desde agosto de 2023 Ceretta lleva adelante una demanda judicial planteada por la Comisión Nacional del Agua y la Vida (CNDAV) y el colectivo Tucu-Tucu, del departamento de San José, para frenar el polémico proyecto Neptuno

Pero además de la demanda judicial en curso -que está en manos del juez letrado en lo Civl de 9º Turno, Alejandro Recarey- la llamada ley de evaluación del impacto ambiental (N° 16.466) establece que sin la Autorización Ambiental Previa (AAP) no se puede ejecutar ninguna actividad u obra relacionada con el proyecto.

La denuncia de Ceretta

El artículo 7 de esta ley señala que “para iniciar la ejecución de las actividades, construcciones u obras en las que estén involucradas cualesquiera de las situaciones descriptas en el artículo anterior, los interesados deberán obtener la autorización previa del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente el que requerirá el asesoramiento del o de los Ministerios o Gobiernos Departamentales que tuvieran que ver con dichas obras o trabajos”.

Y el artículo 11 de esta norma es categórico al afirmar que “los titulares y sucesores a cualquier título, de derechos reales, posesión o tenencia de los bienes inmuebles afectados, de las actividades, construcciones u obras comprendidas en lo dispuesto por el artículo 6° de esta ley, y las que la reglamentación determine, así como los profesionales a cargo de su ejecución, dirección u operación, serán solidariamente responsables, administrativa y civilmente, por la realización de aquellas que no hubieren obtenido la autorización ambiental correspondiente”.

El proyecto Neptuno, en el balneario Arazatí en San José, es un emprendimiento del gobierno de Luis Lacalle Pou que nació a raíz de una iniciativa privada del consorcio Aguas de Montevideo –integrado por las empresas Saceem, Berkes, Ciemsa y Fast–, que luego ganó la licitación del mismo. Este proyecto plantea la construcción de un nuevo sistema de abastecimiento de agua potable para la zona metropolitana que sería alternativo y complementario del de Aguas Corrientes.

El proyecto tal como fue aprobado por OSE, adjudica al consorcio privado Aguas de Montevideo el diseño, la construcción y mantenimiento de la infraestructura para la extracción de agua del Río de la Plata y posteriormente su potabilización y transporte para entregársela a OSE en la zona de Melilla, quien se haría cargo luego de distribuirla por la red y cobrarla a los usuarios de Montevideo y la región metropolitana.

“Las graves carencias” ambientales

Por otra parte, la organización Redes – Amigos de la Tierra Uruguay denunció que el Informe Ambiental Resumen (IAR) presentado en los últimos días de agosto por el consorcio privado Aguas de Montevideo, y publicado por el Ministerio de Ambiente, “tiene básicamente las mismas graves carencias de sus previos Informe de Viabilidad Ambiental de Localización (VAL) y Estudio de Impacto Ambiental (EIA)”.

Luego de haber realizado “un estudio pormenorizado” de este informe ambiental, la organización dedicada a la defensa del ambiente arribó a “tres grandes conclusiones”.

“1) Mantiene todas las mismas carencias y los problemas teóricos, metodológicos, de revisión bibliográfica, conceptuales y estructurales que caracterizaron a la VAL y el EIA, que fueron oportunamente señalados por nuestra organización, y sobre los que nunca obtuvimos respuesta.

2) Se identifican en el IAR más de 200 problemas de manejo de información, carencias conceptuales y metodológicas que deben ser resueltas antes de otorgar la Habilitación Ambiental Previa, o en su defecto negarla.

3) En todo el IAR la información se presenta en forma tendenciosa, sin profundizar en los aspectos sustanciales del proyecto y extendiéndose en aspectos menores”.

Redes – Amigos de la Tierra se plantean más de 200 interrogantes que surgen de este trabajo que consideramos que deben ser respondidas en profundidad y con fundamentos científicos/técnicos, en consonancia con la calidad que debería tener un informe de esta naturaleza”.